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Actualidad Fiscal

martes, 6 de septiembre de 2016

Cambios en la Firma Electrónica

Con motivo de la entrada en vigor de la nueva normativa europea sobre identificación digital y firma electrónica (Reglamento UE nº 910/2014 de 23 de julio de 2014), se han introducido novedades que, a corto plazo, inciden directamente en los certificados de las personas jurídicas que, si bien mantendrán su vigencia hasta su caducidad o revocación, serán sustituidos por un nuevo certificado de representante.
 
Por tanto, a partir del 1 de julio de 2016 deben obtenerse los nuevos certificados de representante, actuando de la siguiente forma:
 
SI ES ADMINISTRADOR ÚNICO O SOLIDARIO:
 
Si dispone de certificado electrónico de persona física expedido por la FNMT o DNI electrónico, no será necesario personarse en las en las oficinas de registro ni aportar documentación alguna, siempre que sus facultades de representación estén vigentes.
 
Para solicitar el certificado lo podrá hacer a través de la página Web de CERES siendo su coste de 24 Euros (impuestos no incluidos) que deberá abonarse mediante tarjeta de crédito/débito.
 
EN OTROS CASOS:
 
Si no es administrador único o solidario, o si no puede identificarse en la página web o si no ha tenido éxito en el proceso descrito en el párrafo anterior, será preciso personarse en una oficina de registro, como por ejemplo las de la Agencia Tributaria, para obtener el certificado de representante, con la nota simple informativa solicitada previamente en el Registro Mercantil y el Código de Solicitud del Certificado FNMT, obtenido en la web anteriormente mencionada.
 
En este caso la obtención tendrá un coste de 14 euros que también deberá abonarse mediante tarjeta de crédito/débito.
 
El certificado tendrá en ambos casos una validez de 2 años.
 
En nuestro despacho quedamos a su disposición para ampliar esta información, resolver cualquier duda al respecto o realizar los trámites que pueda necesitar.